La fiscal se opone a rebajar la pena de tres años al kurdo del zapatazo a Erdogan

La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, se ha opuesto a la posibilidad de que la Audiencia de Sevilla rebaje la condena de tres años impuesta al ciudadano kurdo Hokman Joma por haber lanzado un zapato al primer ministro turco, Recep Tayip Erdogan.
La Fiscalía de Sevilla, a requerimiento de este periódico, explicó ayer que la fiscal jefe ha presentado un escrito en el que impugna la petición de la defensa del joven kurdo, que ha reclamado a la Audiencia su absolución porque estima quesólo pretendía «protestar» contra la situación del Kurdistán y llamar la atención ante los medios de comunicación. El escrito presentado por el Ministerio Público recuerda que la libertad de expresión ampara la manifestación de las ideas y creencias, sin alcanzar expresiones ultrajantes y ofensivas, «pero jamás puede amparar acometimientos a autoridades nacionales ni internacionalmente protegidas».
«La finalidad de simple denuncia, protesta y disconformidad no se compadece con la afirmación realizada por el propio reo ante la Policía, con asistencia de letrado, de que procedió a acercarse hasta él y lanzarle su zapato, y que su intención era darle con el zapato al citado primer ministro, declaración posteriormente ratificada ante el juzgado», argumenta el escrito de María José Segarra, que recuerda que es irrelevante que el zapato no llegara a alcanzar al primer ministro turco.
«Aunque las características del zapato no se han concretado, su aptitud como elemento que vulnera la integridad física del ofendido se desprende de las propias manifestaciones del reo, que admite que se aproximó para el lanzamiento a la víctima, y su lanzamiento dirigido a alcanzar a su persona, y que los zapatos constituyen un objeto contundente con independencia de que se desconozca el material con el que se confeccionó», añade el Ministerio Público.
Por todo ello, la fiscal descarta, en contra del criterio de la defensa, que se haya producido un error en la valoración de la prueba y una vulneración del derecho a la presunción de inocencia, por cuanto el juez «toma como punto de partida el propio reconocimiento de los hechos por parte del reo y prosigue con la declaración testifical» de los policías nacionales.
La defensa planteó la posibilidad de que se aprecie una atenuante de arrebato u obcecación por la tragedia humanitaria que padece el pueblo kurdo y la vulneración de sus derechos, pero la fiscal rechaza su aplicación porque, a su juicio, no puede compararse el caso de un testigo de Jehová que retira el catéter a una feligresa con «la situación que concurre en un acto de protesta política o acto de visualización de la causa kurda, aislado de toda provocación o descontextualizado de la misma».
La fiscal añade, en relación con este aspecto, la falta de alegación o de prueba de otras «circunstancias personales o familiares» de Hokman Joma que pudrieran haber influido en «reforzar o provocar» psicológicamente dicha acción.
El Ministerio Público recuerda que el juez ha impuesto la pena mínima y que la propia sentencia recoge que la pena puede considerarse excesiva en atención al mal causado y anunciaba que incluso de oficio podría instarse la concesión de un indulto. La Fiscalía no se opondría a un indulto parcial «para ajustar la pena que efectivamente se cumpla a la gravedad del hecho y las mencionadas circunstancias concurrentes», concluye Segarra.
Hokman Joma, que está en prisión desde febrero pasado, fue condenado a tres años de cárcel por un delito contra la comunidad internacional, en una sentencia que triplica la pena con la que en su día se castigó el zapatazo del periodista iraquí Muntazer al Zaidi al entonces presidente de los Estados Unidos, George W. Bush.
JORGE MUÑOZ / Diario de Sevilla
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